La Planificación Territorial es una política pública integral, la cual se articula mediante los instrumentos de planificación siendo estos los Planes de Ordenación Territorial (PDOT) y PUGS (Plan de Uso y Gestión del Suelo). Su objetivo es principalmente la organización político administrativa y espacial de la Nación, garantizado un nivel de vida adecuado para la población. A su vez su éxito estará ligado en medida que la ciudadanía se sienda identificada e involucrada en estos procesos de planificación por lo cual se articula directamente con los procesos de participación ciudadana.
Leyes
Por primera vez en 2008 tras la nueva Constitución, la Planificación Territorial adquiere un rol importante en el desarrollo humano del país.
En el Título VI Régimen de Desarrollo, se establece que “El Estado planificará el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios consagrados en la Constitución. La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente” (Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, 2008a).
En el Artículo 241, dispone que “la planificación garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos descentralizados” (Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, 2008a).
Todo esto se afianza con las leyes posteriores como el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización 2010; el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas 2010; la Ley Orgánica de Participación Ciudadana 2015; y hace poco la Ley Orgánica de Uso y Gestión del Suelo 2016.
El COODTAD en su Artículo 10, dispone que es responsabilidad del Estado Central la planificación Nacional que se ejercerá a través de la formulación y aplicación del Plan Nacional de Desarrollo, así como la creación de la Estrategia Territorial Nacional.
El artículo 18 de esta misma norma establece la creación del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, que constituye “el conjunto de procesos, entidades e instrumentos que permiten la interacción de los diferentes actores sociales e institucionales para organizar y coordinar la planificación del desarrollo en todos los niveles de gobierno”. Este sistema estará conformado por las siguientes entidades: Consejo Nacional de Planificación, la Secretaría Técnica del Sistema, los Consejos de Planificación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, los Consejos sectoriales de Política Pública de la Función Ejecutiva, los Consejos Nacionales de Igualdad y las instancias de participación definidas por la Constitución y la ley.
En esta misma ley en su Artículo 26 se dispone que la secretaría técnica sea la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) que funcionó con este mismo nombre y como una institución hasta el fin del gobierno de Rafael Correa. No es hasta mayo de 2019, en el gobierno de Guillermo Laso, a través de la reforma del Decreto Ejecutivo No. 732, que se crea nuevamente la Secretaría Nacional de Planificación, como una entidad de derecho público, con personalidad jurídica, dotada de autonomía administrativa y financiera, como organismo técnico responsable de la planificación nacional.
La Secretaría Nacional de Planificación será responsable del diseño, implementación, integración y dirección del Sistema Nacional de Planificación en todos sus niveles. Entre una de las funciones de esta Secretaría, se encuentra la preparación de una propuesta de lineamientos y políticas que orienten el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación 27 Participativa, así como la asistencia técnica en los procesos de formulación de los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial a los gobiernos autónomos descentralizados (GAD).
A partir del año 2021 en el gobierno de Guillerm Lasso se ha creado el Plan Nacional de Creación de Oportunidades en donde se señala los lineamientos generales para el territorio ecuatoriano, además se ha generado una “Guía para completar la Matriz de alineación de los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de los GAD al Plan Nacional de Desarrollo Creación de Oportunidades 2021-2025”, no obstante no se han actualizado las agendas zonales ni las guías para formulación de los PD y OT.
Contenido mínimo para la realización de PDOTs
La SENPLADES ha creado varias guías para la formulación de los PDOT, que en conjunto con el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (COPFP) puntualizan sus contenidos mínimos y establece el objeto de la Ordenación Territorial en el Ecuador, además se establece que los planes deben estar articulados con el Plan Nacional de Desarrollo y se regulan los mecanismos de coordinación, formulación participativa, aprobación y vigencia, la sujeción de la inversión pública a estos planes, su seguimiento y evaluación; y, cumplimiento de metas.
La guía más actualizada que se encuentra es la del año 2019 (SENPLADES, 2019) en donde se incorpora la elaboración de los Planes de Uso y Gestión del Suelo.
Estas guías están enfocadas dependiendo del GAD al que va dirigido, existiendo guías para gobiernos autónomos descentralizados provinciales, cantonales y parroquiales.
A pesar que cada guía está realizada en medida de la organización territorial correspondiente, se tiene un lineamiento general propuesto sobre los contenidos mínimos para la realización de PDOTs y PUGs:
1.Punto de partida: análisis del PDOT vigente.
2. Mapeo de actores que influyen en el territorio.
3. Diagnóstico Estratégico del PDOT.
3.1. Sistematización de problemas y potencialidades.
3.2. Modelo territorial actual.
4. Propuesta del PDOT .
4.1. Decisiones estratégicas de desarrollo: ¿Hacia dónde va la provincia en el mediano y largo plazo?.
4.2. Modelo territorial deseado.
5. Modelo de Gestión del PDOT.
5.1. Estrategias de articulación y coordinación para la implementación del PDOT.
5.2. Estrategias para garantizar la reducción progresiva de los factores de riesgo o su mitigación.
5.3. Estrategia de seguimiento y evaluación del PDOT.
5.4. Estrategias de promoción y difusión del PDOT.
Ejes de Actuación
Cabe recalcar que dentro de la Fase de Diagnóstico, se divide por ejes de actuación, los mismos que en este caso y considerando al Cantón Cuenca como caso estudio son los siguientes: Medio Físico, Socio Cultural, Cultural y Patrimonial, Económico, Asentamientos Humanos y Canales de Relación, Uso y Ocupación del Suelo.
Procedimiento para la formulación/actualización del PDOT
Instancias de planificación
Se deben conformar al menos de:
- Un Equipo Técnico Permanente (ETP), responsable del proceso de formulación o actualización del PDOT. En caso de que exista la presencia de pueblos y nacionalidades en el cantón, se contará con líderes, técnicos locales y/o profesionales que manejen las lenguas maternas para facilitar el proceso. El ETP puede tener la conformación que considere el GAD, pero la responsabilidad técnica estará formalmente a su cargo.
- El Sistema de Participación Ciudadana (SPC) define instancias para la participación en el proceso de formulación o actualización y posteriormente en el control social del PDOT (Anexo 5).
- El Consejo de Planificación Local (CPL).
Fases para la formulacion/actualización del PDOT